Articulo 66 Derecho a la Vivienda
Artículo 66. Infracciones muy graves.
Son infracciones muy graves:
1. No dar efectiva habitación a la vivienda en los términos establecidos en esta ley foral durante un año siempre que el titular de la misma sea una persona jurídica, bien en régimen de pleno dominio, bien como titular de una participación mayoritaria en un condominio sobre la misma. Igual determinación rige para las sociedades irregulares.
2. No arrendar de forma efectiva la vivienda protegida calificada definitivamente en régimen de arrendamiento, en el plazo de 3 meses desde que ello fuera posible, salvo causa debidamente justificada
3. Falsear los datos exigidos para acceder a viviendas protegidas o para obtener ayudas públicas a la vivienda, cuando el falseamiento sea efectuado por un promotor para beneficiar fraudulentamente a uno o varios potenciales adquirentes, sin perjuicio de la revisión de oficio de las adjudicaciones cuando el falseamiento haya sido determinante para las mismas.
4. Impedir la calificación como protegidas de varias viviendas que debieran acceder a la misma conforme a lo previsto en el planeamiento.
5. Vulnerar las normas técnicas sobre construcción y edificación, instalaciones, materiales, productos, aislamientos, protección contra incendios y habitabilidad, cuando de la vulneración se deriven situaciones de grave peligro o insalubridad.
6. Ejercer la actividad de laboratorio de ensayo para el control de calidad de la edificación, o de entidad de control de calidad de la edificación, sin haber efectuado la preceptiva declaración responsable o comunicación previa, respectivamente.
7. No formalizar en el plazo legalmente establecido el contrato de cesión de uso de la vivienda con la entidad gestora del programa de intermediación público para el alquiler de viviendas desocupadas o Bolsa de alquiler, en los casos en que la ley exija el cumplimento de dicha condición para el acceso a vivienda protegida.
8. No mantener vinculadas al sistema público de alquiler promociones de viviendas calificadas de arrendamiento protegido, dentro su periodo de régimen de protección.
- Modificación realizada (66 (apdo. 8, se añade)) por LEY FORAL 7/2023, de 9 de marzo, de modificación de la Ley Foral 10/2010, de 10 de mayo, del Derecho a la Vivienda en Navarra.
(BON de 21-03-2023) en vigor desde 22-03-2023 - Modificación realizada (66 (apdos. 1 y 2 modifica y apdo. 7 añade)) por LEY FORAL 20/2022, de 1 de julio, para el fomento de un parque de vivienda protegida y asequible en la Comunidad Foral de Navarra.
(BON de 14-07-2022) en vigor desde 29-07-2022 - Modificación realizada (66 (apdo. 2)) por LEY FORAL 28/2018, de 26 de diciembre, sobre el derecho subjetivo a la vivienda en Navarra.
(BON de 31-12-2018) en vigor desde 01-01-2019 - Modificación realizada (66 (se desestima el recurso de inconstitucionalidad 6036/2013 por STC 16/2018, de 22 de febrero)) por Pleno. Sentencia 16/2018, de 22 de febrero de 2018. Recurso de inconstitucionalidad 6036-2013. Interpuesto por el Presidente del Gobierno en relación con diversos preceptos de la Ley Foral 24/2013, de 2 de julio, de medidas urgentes para garantizar el derecho a la vivienda en Navarra. Competencias sobre vivienda, crédito y ordenación general de la economía: nulidad de los preceptos legales que regulan una expropiación de uso de vivienda que menoscaba las competencias estatales (STC 93/2015).
(BOE de 23-03-2018) en vigor desde 22-02-2018 - Modificación realizada (66 (apdo. 1, se mantiene la suspensión de vigencia y aplicación en la redacción dada por la Ley Foral 24/2013)) por Recurso de inconstitucionalidad n.º 6036-2013, contra losartículos 1 (por cuanto añade los artículos 42bis, apartados 2, 4, 5 y 6; 42 ter; 42 quáter; 42 quinquiesy 42 sexies a la Ley Foral 10/2010, de 10 de mayo, del Derecho a laVivienda en Navarra), 2 (por cuanto modifica el artículo52.2.a de la Ley Foral 10/2010), 5 (por cuanto modifica elartículo 66.1 de la Ley Foral 10/2010), 6 (por cuantomodifica el artículo 72.2 de la Ley Foral 10/2010) y 7 (porcuanto añade la disposición adicional décima,apartados 1 y 2, a la Ley Foral 10/2010) todos ellos de la LeyForal 24/2013, de 2 de julio, de medidas urgentes para garantizarel derecho a la vivienda en Navarra.
(BOE de 22-03-2014) en vigor desde 10-03-2014 - Modificación realizada (66 (apdo. 1, se suspende de vigencia y aplicación en la redacción dada por la Ley Foral 24/2013)) por Recurso de inconstitucionalidad n.º 6036-2013, contra los artículos 1 (por cuanto añade los artículos 42 bis, apartados 2, 4, 5 y 6; 42 ter; 42 quáter; 42 quinquies y 42 sexies a la Ley Foral 10/2010, de 10 de mayo, del Derecho a la Vivienda en Navarra), 2 (por cuanto modifica el artículo 52.2.a de la Ley Foral 10/2010), 5 (por cuanto modifica el artículo 66.1 de la Ley Foral 10/2010), 6 (por cuanto modifica el artículo 72.2 de la Ley Foral 10/2010) y 7 (por cuanto añade la disposición adicional décima, apartados 1 y 2, a la Ley Foral 10/2010) todos ellos de la Ley Foral 24/2013, de 2 de julio, de medidas urgentes para garantizar el derecho a la vivienda en Navarra.
(BOE de 14-11-2013) en vigor desde 05-11-2013 - Artículo modificado por LEY FORAL 24/2013, de 2 de julio, de medidas urgentes para garantizar el derecho a la vivienda en Navarra.
(BON de 12-07-2013) en vigor desde 13-07-2013