Articulo 66 Atención y de...olescencia

Articulo 66 Atención y derechos de la infancia y la adolescencia

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Artículo 66. Deberes relativos al ámbito escolar

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1. Los niños, niñas y adolescentes tienen que respetar las normas de convivencia de los centros educativos, estudiar durante las etapas de enseñanza obligatoria y tener una actitud positiva de aprendizaje durante todo el proceso formativo.

2. Los niños, niñas y adolescentes tienen que respetar a los profesores y otros empleados de los centros escolares, así como al resto de los compañeros, y evitar situaciones de conflicto y acoso escolar en cualquiera de sus formas, incluido el ciberacoso.

3. A través del sistema educativo, se tiene que implantar el conocimiento que tienen que tener de sus derechos y deberes como ciudadanos, incluidos los que se generen como consecuencia de la utilización en el entorno docente de las tecnologías de la información y la comunicación.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 28-02-2019 en vigor desde 28-05-2019