Articulo 66 Actividad Física y Deporte de La Mancha
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 66. Difusión y régimen de utilización del distintivo de calidad sobre cualificación profesional en actividad física y deporte.
Vigente
1. La Consejería competente en materia de deportes mantendrá actualizado y publicado en la Sede Electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha un listado de las entidades que se encuentren en posesión del distintivo de calidad.
2. Las entidades a las que se otorgue el distintivo de calidad podrán mostrarlo en su publicidad y en los documentos de difusión de las mismas.
3. Cualquier persona que participe en las competiciones deportivas y actividades físico recreativas o sea usuaria de las infraestructuras gestionadas por entidades que tengan otorgado el distintivo de calidad, tendrá derecho a conocer la cualificación profesional que posee el personal de estas entidades.