Articulo 65 Reestructuración del sector público para agilizar la actividad administrativa
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»Artículo 65. Modificación del artículo 6 de la Ley 6/2008
Vigente
Se modifica el apartado 2 del artículo 6 de la Ley 6/2008, que queda redactado del siguiente modo:
"2. El Plenario del Consejo Nacional de la Cultura y de las Artes está integrado por siete miembros, nombrados por el Parlamento entre personas con experiencia y de prestigio reconocido en el ámbito cultural y artístico. Debe velarse por que el Plenario recoja la pluralidad en cuanto a las disciplinas artísticas."
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 30-12-2011 en vigor desde 31-12-2011