Articulo 65 Presupuestos Generales para 2022 de Navarra
Artículo 65. Indemnizaciones por la colaboración en estadística agraria.
El Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente podrá indemnizar a las personas colaboradoras en materia de estadística agraria por los gastos que les origine su colaboración de acuerdo con las siguientes cuantías máximas, en euros/año:
Superficies anuales de los cultivos: 75
Producciones anuales de los cultivos: 75
Evaluación de otras producciones ganaderas: 250
Precios de la tierra: 1.300
Cánones de arrendamientos rústicos: 350
Precios semanales de productos agrícolas y ganaderos: 1.750
Precios percibidos por los agricultores/as y ganaderos/as: 1.100
Precios pagados por los agricultores/as y ganaderos/as: 600
Precios de productos de pequeña significación: 300
Salarios agrarios: 200
Cuentas macroeconómicas: 200
Meteorología-Completa: 1.325
Meteorología-Semicompleta: 1.175
Meteorología-Termopluviométrica con información de nieve: 980
Meteorología-Termopluviométrica: 750
Meteorología-Pluviométrica: 665
Meteorología-Semicompleta con información de nieve: 1.405
- Texto Original. Publicado el 31-12-2021 en vigor desde 01-01-2022