Articulo 65 Presupuestos 2020 Canarias
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»Artículo 65.- Avales de los demás entes del sector público autonómico.
Vigente
Los entes del sector público autonómico con presupuesto limitativo distintos de la Administración pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, los entes del sector público autonómico con presupuesto estimativo y las universidades públicas canarias o sus organismos dependientes no podrán prestar avales.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 31-12-2019 en vigor desde 01-01-2020