Articulo 65 Patentes -Derogada-
Articulo 65 Patentes -Derogada-

Articulo 65 Patentes -Derogada-

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

ARTICULO 65

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


A fin de fijar la cuantía de los daños y perjuicios sufridos por la explotación no autorizada del invento, el titular de la patente podrá exigir la exhibición de los documentos del responsable que puedan servir para aquella finalidad.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 26-03-1986 en vigor desde 26-06-1986