Articulo 65 Patentes -Derogada-
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»ARTICULO 65
Vigente
A fin de fijar la cuantía de los daños y perjuicios sufridos por la explotación no autorizada del invento, el titular de la patente podrá exigir la exhibición de los documentos del responsable que puedan servir para aquella finalidad.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 26-03-1986 en vigor desde 26-06-1986