Articulo 65 Ordenación y ...el litoral

Articulo 65 Ordenación y gestión integrada del litoral

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Artículo 65. Medidas

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Los poderes públicos impulsarán medidas encaminadas a disponer de patrimonio público de suelo litoral que favorezca la renaturalización de los espacios parcialmente desnaturalizados y la ejecución de las actuaciones estratégicas definidas en esta ley.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 13-07-2023 en vigor desde 02-08-2023