Articulo 65 Calidad Ambiental

Articulo 65 Calidad Ambiental

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 65. Transmisión de la titularidad.

Vigente

Tiempo de lectura: 2 min

Tiempo de lectura: 2 min


1. Los titulares de instalaciones que dispongan de autorización ambiental integrada deberán comunicar al órgano sustantivo ambiental la transmisión de la titularidad de la instalación. Dicha comunicación deberá ser realizada por los sujetos que intervengan en la transmisión, en el plazo máximo de un mes desde que la transmisión se haya producido.

2. En dicha comunicación, el nuevo titular manifestará su conformidad con las obligaciones, responsabilidades y derechos establecidos en la autorización ambiental integrada. Se adjuntará copia del acuerdo suscrito entre las partes, se identificará las condiciones en que pretende llevarse a cabo la subrogación de la actividad y se acreditará, cuando proceda, la prestación por el nuevo titular de las garantías legalmente exigibles, que serán como mínimo equivalentes a las ya constituidas.

3. Una vez comunicada la transmisión, y previa verificación de que la documentación aportada es adecuada a lo señalado en los apartados anteriores, el órgano sustantivo ambiental dictará resolución expresa que autorice el cambio de titularidad de la autorización ambiental integrada. El cambio de titularidad será comunicado al ayuntamiento en el que se ubica la instalación y, en el caso de que la instalación realice vertidos al dominio público hidráulico de cuencas gestionadas por la Administración General del Estado, al organismo de cuenca.

4. En caso de que se produjera la transmisión sin efectuar la correspondiente comunicación, tanto el anterior titular de la instalación como el nuevo quedarán sujetos, de forma solidaria, conforme a lo establecido en el artículo 103.2 de esta ley y siempre que no fuera posible determinar el grado de participación de cada uno de ellos, a todas las responsabilidades y obligaciones previstas en esta ley que resulten de aplicación.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 24-03-2023 en vigor desde 13-04-2023