Articulo 65 Agraria
Articulo 65 Agraria

Articulo 65 Agraria

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 65. Entidades de evaluación de la calidad.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Son entidades de evaluación de la calidad a los efectos de esta ley: las entidades de certificación, las entidades de inspección y los laboratorios de ensayo, de acuerdo con la definición establecida en el artículo 5 de esta ley.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 26-03-2015 en vigor desde 26-06-2015