Articulo 65 Actividad Física y Deporte de Asturias
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Articulo 65 Actividad Física y Deporte de Asturias

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Artículo 65.-Secciones.

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El Registro de Entidades Deportivas del Principado de Asturias consta de siete secciones, atendiendo a la naturaleza y fines de las distintas entidades:

- Sección 1.ª De equipos deportivos.

- Sección 2.ª De clubes básicos deportivos.

- Sección 3.ª De sociedades anónimas deportivas.

- Sección 4.ª De clubes de entidades no deportivas.

- Sección 5.ª De agrupaciones de clubes asturianos.

- Sección 6.ª De federaciones deportivas.

- Sección 7.ª Censo de patronatos y fundaciones deportivas municipales.