Articulo 64 Presupuestos 2021 La Mancha

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Artículo 64. Aplicación de medidas de mantenimiento de empleo en centros concertados y aplicación del contrato de relevo.

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1. La ratio profesor/unidad de los centros concertados podrá ser incrementada por la Administración educativa, en función del número total de profesores afectados por las medidas de recolocación del profesorado adoptadas por la Administración que se encuentren en este momento incluidos en la nómina de pago delegado, así como en función de la progresiva potenciación de los equipos docentes. En todo caso, la aplicación de estas medidas estará condicionada a las disponibilidades presupuestarias.

2. Se autoriza a la consejería con competencias en materia de educación a asumir, con cargo a los créditos autorizados para ejecutar las obligaciones derivadas de los conciertos educativos, las indemnizaciones del profesorado afectado por la modificación de conciertos o por la no renovación total o parcial de los mismos, así como la aplicación del contrato de relevo en la enseñanza privada-concertada, en la medida en que exista disponibilidad presupuestaria, y sin perjuicio de la normativa específica al respecto.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 30-12-2020 en vigor desde 01-01-2021