Articulo 64 Presupuestos 2011 La Rioja

Articulo 64 Presupuestos 2011 La Rioja

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 64. Tasas.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


1. Se mantienen para 2011 las tarifas de las tasas exigibles en el año 2010.

2. Las tasas y otros ingresos correspondientes a servicios que se transfieran con posterioridad a 1 de enero del año 2011 y que no hayan sido regulados por la Comunidad Autónoma se regirán por la normativa que les sea aplicable con carácter general.