Articulo 64 Medidas Fisca...os Propios

Articulo 64 Medidas Fiscales y Administrativas en materia de Tributos Cedidos y Tributos Propios

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Artículo 64. Exenciones y bonificaciones.

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1. Tendrán exención total del importe de la tarifa correspondiente, los estudiantes miembros de familias numerosas de honor y de segunda categoría.

2. Asimismo, estarán exentas del pago de la tasa las personas que hayan obtenido el reconocimiento como víctimas por actos de terrorismo, sus cónyuges e hijos, conforme a la normativa vigente que les sea de aplicación.

3. Tendrán una bonificación del 50 por ciento del importe de la tarifa correspondiente, los estudiantes miembros de familias numerosas de primera categoría.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-12-2005 en vigor desde 01-01-2006