Articulo 64 Hacienda y Sector Público
Articulo 64 Hacienda y Sector Público

Articulo 64 Hacienda y Sector Público

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 64. Fuentes de las obligaciones.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Las obligaciones económicas de la Hacienda de la Comunidad nacen de la Ley, de los negocios jurídicos y de los actos o hechos que, según Derecho, las generen.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 09-05-2006 en vigor desde 29-05-2006