Articulo 64 Educación del País Vasco
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Artículo 64.- Participación de la familia en la comunidad educativa.

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1.- El Sistema Educativo Vasco persigue empoderar al alumnado como sujeto activo de su aprendizaje mediante la guía y acompañamiento de las familias y del profesorado, así como garantizando su empoderamiento digital, y aprendiendo en comunidad, lo que comporta una visión transformadora de los liderazgos y de los modelos de gobernanza, tanto dentro del proceso educativo como en el seno de la organización escolar, así como en el conjunto del propio Sistema Educativo Vasco.

2.- Las madres, los padres o los tutores o las tutoras legales del alumnado matriculado en un centro, sin perjuicio de lo dispuesto por la legislación básica, tienen derecho a recibir información sobre la evolución educativa de sus hijas e hijos. Con esta finalidad, el departamento competente en materia de educación debe prever los medios necesarios para que los centros, el profesorado y demás profesionales puedan ofrecer asesoramiento y atención adecuada a las familias, en particular mediante reuniones o tutorías o, asimismo, voluntariamente por medios telemáticos, incluidas, en su caso, las redes sociales, siempre que se salvaguarde la protección de los datos personales y sean sistemas que garanticen la plena seguridad de tales datos. Cualquier duda al respecto, deberá ser planteada, para su resolución o consulta, ante la persona que ejerza las funciones de delegado o delegada de protección de datos.

3.- Las madres, los padres o los tutores o las tutoras legales, sin perjuicio de lo dispuesto por la legislación básica, tienen el derecho y el deber de participar activamente en la educación de sus hijos e hijas, el deber de contribuir a la convivencia entre todos los miembros de la comunidad escolar, respetando en todo caso la función docente y a las personas profesionales que la ejercen, y el derecho a participar en la vida del centro, a través del consejo escolar de centro y de los demás instrumentos de que se doten los centros en ejercicio de su autonomía.