Articulo 64 Economía Circular
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Artículo 64. Fiscalidad.

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La Administración de la Junta de Andalucía incentivará la economía circular del agua a través de una política fiscal que persiga conseguir el buen estado y la adecuada protección de las masas de agua, la satisfacción de las demandas de agua existentes, el equilibrio y armonización del desarrollo regional y sectorial, el incremento de las disponibilidades del recurso, la protección de su calidad, economizar su empleo y racionalizar sus usos en armonía con el medio ambiente y los demás recursos naturales.