Articulo 64 Decreto-ley8/...endimiento

Articulo 64 Decreto-ley8/2013,de28demayo,deMedidasdeCreacióndeEmpleoyFomentodelEmprendimiento.

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Artículo 64. Reintegro.

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1. En virtud de lo dispuesto en el artículo 98, los criterios de graduación de los posibles incumplimientos de las condiciones impuestas con motivo de la concesión de la subvención que resultarán de aplicación para determinar la cantidad que finalmente haya de percibir la entidad beneficiaria o, en su caso, el importe a reintegrar, son los siguientes.

a) En el caso de la obtención concurrente de otras aportaciones, el exceso obtenido sobre el coste total en el que se haya incurrido para la realización de la actividad.

b) Cuando no se consigan íntegramente los objetivos previstos, pero el cumplimiento se aproxime de modo significativo al cumplimiento total y se acredite por parte de la entidad beneficiaria una actuación inequívocamente tendente a la satisfacción de sus compromisos, se valorará el nivel de consecución y el importe de la subvención será proporcional a dicho nivel. Este nivel de consecución deberá alcanzar, al menos, un 75% de los objetivos previstos.

c) Si la actividad subvencionable se compone de varias fases o actuaciones y se pueden identificar objetivos vinculados a cada una de ellas, el importe de la subvención será proporcional al volumen de las fases o actuaciones de la actividad en las que se hayan conseguido los objetivos previstos.

2. La incoación y la instrucción del procedimiento de reintegro de las subvenciones reguladas en este Título corresponde a los siguientes órganos:

a) Las personas titulares de las Delegaciones Territoriales de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo para la línea 1, fomento del empleo en cooperativas y sociedades laborales.

b) La persona titular de la Dirección General de Economía Social para la línea 2, fomento del emprendimiento social y para la línea 3, intercooperación empresarial en economía social.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-05-2013 en vigor desde 01-06-2013