Articulo 63 TR Ley Impues...cas -IRPF-

Articulo 63 TR. Ley Impuesto sobre la Renta de las Personas Fisicas -IRPF-

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 63. Justificación documental.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Las deducciones a que se refiere el artículo anterior habrán de justificarse en las condiciones que reglamentariamente se determinen.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 30-06-2008 en vigor desde 01-07-2008