Articulo 63 Régimen jurídico de las empresas de servicios de inversión y de las demás entidades que prestan servicios de inversión
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»Artículo 63. Plazos para oponerse al nombramiento de nuevos cargos de administración y dirección.
Vigente
La CNMV podrá oponerse, de acuerdo con el artículo 138 de la Ley 6/2023, de 17 de marzo, al nombramiento de nuevos cargos de administración y dirección de forma motivada en el plazo de cuatro meses desde la recepción de la comunicación.
Cuando la CNMV determine que se necesita documentación e información adicionales para completar la evaluación, el plazo podrá interrumpirse desde el momento en que se solicite la documentación e información adicionales hasta la recepción de dicha documentación e información, debiendo resolverse y notificarse el resultado del procedimiento en un plazo máximo de seis meses. A falta de notificación en dicho plazo, se entenderá que no existe oposición.