Articulo 63 Protección de...-Derogada-

Articulo 63 Protección de los animales en La Rioja -Derogada-

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Artículo 63. Multas coercitivas.

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Para conseguir el cumplimiento de las resoluciones adoptadas, y de conformidad con lo dispuesto en la normativa autonómica, podrán imponerse multas reiteradas de periodicidad mensual.

Estas multas serán independientes de las que puedan imponerse en concepto de sanción y compatibles con ellas.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 30-11-2018 en vigor desde 30-11-2018