Articulo 63 Medidas para ...del empleo

Articulo 63 Medidas para la inclusión social a través del empleo

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Artículo 63. Dotación financiera.

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1. Esta línea de actuación se dotará anualmente, en su caso, a través del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía con cargo al Programa Presupuestario 32E denominado «Inclusión Social» de la Consejería competente en materia de servicios sociales.

2. La línea de actuación de refuerzo de la alimentación infantil en los centros docentes públicos de Andalucía se financiará en el ejercicio 2014 con cargo al Programa Presupuestario 32E denominado «Inclusión Social» de la Consejería competente en materia de servicios sociales, ejecutándose por la Consejería competente en materia de educación de la Junta de Andalucía.

3. Para el año 2014 la dotación financiera de las líneas de actuación para asegurar la garantía alimentaria a colectivos especialmente vulnerables y personas con escasos recursos económicos del Plan Extraordinario de Garantía Alimentaria de Andalucía será de siete millones de euros (7.000.000 €), que se financiarán con cargo al Programa Presupuestario 32E, denominado «Inclusión Social», correspondiente al Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el presente año.

4. Las obligaciones de pagos contraídas con cargo a los anteriores Programas Presupuestarios podrán someterse a calendarios de pago aprobados por la Dirección General de Tesorería y Deuda Pública de la Consejería competente en materia de hacienda.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 13-06-2014 en vigor desde 14-06-2014