Articulo 63 Medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera, y de organización de la Generalitat
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»Artículo 63
Vigente
Se modifica la disposición adicional quinta de la Ley 1/2015, de la Generalitat, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de subvenciones, que queda redactada como sigue:
D.A. 5ª. De las entidades públicas empresariales
Con la entrada en vigor de esta ley los organismos públicos Ferrocarriles de la Generalitat Valenciana, el Instituto Valenciano de Finanzas y la Entidad de Infraestructuras de la Generalitat se constituyen en entidades públicas empresariales.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 31-12-2016 en vigor desde 01-01-2017