Articulo 63 Medidas Fisca...ganización

Articulo 63 Medidas Fiscales, Gestión Administrativa y Financiera, y Organización

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Artículo 63

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Uno. Se modifica el capítulo V «Impuesto sobre las Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos y el artículo dieciséis de la Ley 13/1997, de 23 de diciembre, de la Generalitat, por la que se regula el tramo autonómico del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y restantes tributos cedidos, dándoles la siguiente redacción:

«Capítulo V. Impuesto sobre Hidrocarburos.

Artículo Dieciséis. Tipos impositivos autonómicos del Impuesto sobre Hidrocarburos.

Los tipos impositivos autonómicos del Impuesto sobre Hidrocarburos serán los siguientes:

a) Productos comprendidos en los epígrafes 1.1, 1.2.1, 1.2.2, 1.3, 1.13 y 1.14 del artículo 50 de la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales: 48 euros por 1.000 litros.

b) Productos comprendidos en los epígrafes 1.4 y 1.15 del artículo 50 de la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales:0 euros por 1.000 litros.

c) Productos comprendidos en el epígrafe 1.5 del artículo 50 de la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales: 2 euros por tonelada.

d) Productos comprendidos en el epígrafe 1.11 del artículo 50 de la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales: 48 euros por 1000 litros.»

Dos. Se modifica la disposición adicional quinta de la Ley 13/1997, de 23 de diciembre, de la Generalitat, por la que se regula el tramo autonómico del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y restantes tributos cedidos, dándole la siguiente redacción:

«Disposición adicional quinta. Afectación de los rendimientos derivados de la aplicación de los tipos impositivos autonómicos del Impuesto sobre Hidrocarburos:

Los rendimientos derivados de la aplicación de los tipos impositivos autonómicos del Impuesto sobre Hidrocarburos a los que se refiere el artículo dieciséis de la presente ley quedarán afectados a la financiación de los gastos sanitarios incluidos en los Presupuestos de la Generalitat.»

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 27-12-2012 en vigor desde 01-01-2013