Articulo 63 Medidas Fiscales y Administrativas 2012 de Madrid
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»Artículo 63. Modificación parcial de la Ley 12/2001, de 21 de diciembre, de Ordenación Sanitaria de la Comunidad de Madrid
Vigente
(DEROGADO)
Modificaciones
- Modificación realizada (63 (se deroga)) por LEY 9/2015, de 28 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas.
(BOCM de 31-12-2015) en vigor desde 01-01-2016 - Artículo modificado por Pleno. Sentencia 84/2015, de 30 de abril de 2015. Recurso de inconstitucionalidad 1884-2013. Interpuesto por más de cincuenta Senadores del Grupo Parlamentario Socialista del Senado, en relación con los artículos 62 y 63 de la Ley 8/2012, de 28 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas de la Comunidad de Madrid. Principios de legalidad y seguridad jurídica, procedimiento legislativo, principio de mantenimiento de un régimen público de Seguridad Social que garantice prestaciones sociales suficientes ante situaciones de necesidad, competencias sobre contratos y concesiones administrativas, sanidad y Seguridad Social: nulidad del precepto legal que otorgaba preferencia, en la adjudicación de los centros de atención primaria, a las sociedades de profesionales compuestas íntegra o mayoritariamente por profesionales del Servicio Madrileño de Salud.
(BOE de 08-06-2015) en vigor desde 30-04-2015