Articulo 63 IRPF Álava

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Artículo 63. Renta del ahorro.

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Constituyen la renta del ahorro:

a) Los rendimientos del capital inmobiliario procedentes de viviendas a las que se refiere el apartado 1 del artículo 32 de esta Norma Foral.

b) Los rendimientos del capital mobiliario previstos en los artículos 34, 35 y 36 de esta Norma Foral. No obstante, salvo en los supuestos que se establezcan reglamentariamente, los rendimientos del capital mobiliario previstos en el artículo 35 procedentes de entidades vinculadas con la o el contribuyente, en el sentido del artículo 42 de la Norma Foral del Impuesto sobre Sociedades y en el párrafo tercero del artículo 54 de esta Norma Foral, formarán parte de la renta general. (NOTA: Párrafo con efectos a partir del 1 de enero de 2022)

c) Las ganancias y pérdidas patrimoniales que se pongan de manifiesto con ocasión de transmisiones de elementos patrimoniales.