Articulo 63 Imp. sobre la Renta de las Pers. Físicas -IRPF-
Artículo 63.- Renta del ahorro.
Constituyen la renta del ahorro:
a) Los rendimientos del capital inmobiliario procedentes de viviendas a las que se refiere el apartado 1 del artículo 32 de esta Norma Foral.
b) Los rendimientos del capital mobiliario previstos en los artículos 34, 35 y 36 de esta Norma Foral. No obstante, salvo en los supuestos que se establezcan reglamentariamente, los rendimientos del capital mobiliario previstos en el artículo 35 procedentes de entidades vinculadas con el contribuyente, en el sentido del artículo 42 de la Norma Foral del Impuesto sobre Sociedades y en el párrafo tercero del artículo 54 de esta Norma Foral formarán parte de la renta general.
c) Las ganancias y pérdidas patrimoniales que se pongan de manifiesto con ocasión de transmisiones de elementos patrimoniales.
- Artículo modificado por NORMA FORAL 6/2021, de 13 de diciembre, por la que se aprueban medidas para el impulso de la reactivación económica, para la incentivación de la aplicación voluntaria del sistema BATUZ y otras modificaciones tributarias.
(BOB de 14-12-2021) en vigor desde 01-01-2022