Articulo 63 Financiación,...cola común

Articulo 63 Financiación, gestión y seguimiento de la política agrícola común

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 63. Compatibilidad de las intervenciones a efectos de la ejecución de controles en el sector del vino

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


A efectos de la aplicación de las intervenciones en el sector vitivinícola a que se refiere el título III, capítulo III, sección 4, del Reglamento (UE) 2021/2115, los Estados miembros velarán por que los procedimientos de gestión y control aplicados a dichas intervenciones sean compatibles con el sistema integrado a que se refiere presente título, capítulo II, en lo que atañe a:

a) los sistemas de identificación de las parcelas agrícolas;

b) los controles.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 06-12-2021 en vigor desde 07-12-2021