Articulo 63 Desarrollo de la Ley 4/2007 -coordinación de policías locales-
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 63. Cursos de especialización
Vigente
Los cursos de especialización estarán dirigidos al conocimiento de tareas o funciones policiales concretas que requieren formación teórica, o a la adquisición de habilidades y destrezas específicas, con un dominio de los contenidos y de las técnicas que permitan ajustarse mejor a las nuevas demandas en cada área profesional.