Articulo 63 Derechos y garantías de la Infancia y la adolescencia
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Artículo 63. Derecho a una vivienda digna

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1. Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a crecer y desarrollarse en una vivienda digna.

2. La Generalitat promoverá las condiciones necesarias y establecerá las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho y para mitigar la exposición a los peligros medioambientales, el hacinamiento, la falta de accesibilidad y la pobreza energética.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 24-12-2018 en vigor desde 25-12-2018