Articulo 62 Transitoriedad jurídica y fundacional de la República
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»Artículo 62. El Síndic de Greuges, la Sindicatura de Cuentas y el Consejo del Audiovisual de Cataluña
Vigente
El Síndic de Greuges, la Sindicatura de Cuentas y el Consejo del Audiovisual de Cataluña se rigen por lo establecido en los artículos 78, 79, 80, 81 y 82 del Estatuto de Autonomía de Cataluña.