Articulo 62 Reglamento de...as del THG

Articulo 62 Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del THG

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Artículo 62. Deducción por descendientes en situaciones de ruptura de la convivencia de los progenitores por decisión judicial.

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No se tendrá en cuenta la circunstancia prevista en el artículo 79.3.b) de la Norma Foral del Impuesto, relativa a la obtención de rentas anuales superiores al salario mínimo interprofesional por parte de los miembros de otra unidad familiar distintos del propio descendiente, cuando, como consecuencia de lo previsto en el apartado 5 del citado artículo 79, la otra unidad familiar sea la constituida por el descendiente o los descendientes con un progenitor.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 17-10-2014 en vigor desde 18-10-2014