Articulo 62 Reestructuración del sector público para agilizar la actividad administrativa
Artículo 62. Modificación del artículo 3 de la Ley 6/2008
Se modifica el artículo 3 de la Ley 6/2008, que queda redactado del siguiente modo:
"Artículo 3
"Objeto
"El Consejo Nacional de la Cultura y de las Artes tiene por objeto asesorar al Gobierno en el conjunto de la política cultural, velar por el apoyo a la creación artística y por la promoción de esta, y realizar su evaluación, y concretamente debe:
"a) Velar por el desarrollo de la actividad cultural.
"b) Colaborar en el ordenamiento de la política cultural en cuanto a la creación artística.
"c) Intervenir, de forma decisiva, en la política de apoyo a la creación artística y cultural y de promoción de esta creación, de acuerdo con lo establecido por el artículo 4.i y l.
"d) Organizar un sistema de auditoría cultural de los equipamientos y subvenciones públicos que tenga en cuenta la promoción de la cultura y su retorno social."
- Texto Original. Publicado el 30-12-2011 en vigor desde 31-12-2011