Articulo 62 Protección animal

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Artículo 62. Asesoramiento a la Administración local.

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La Administración autonómica prestará asesoramiento y colaboración técnica para la adecuada ejecución por las Administraciones locales de las actuaciones que les encomienda la presente Ley.

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  • Texto Original. Publicado el 26-03-2003 en vigor desde 26-06-2003