Articulo 62 Principios ge... turística

Articulo 62 Principios generales y directrices de coordinación en materia turística

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 62. Grupos de trabajo de la Comisión Interdepartamental

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


La Comisión Interdepartamental puede crear grupos de trabajo en las materias que lo requieran para el ejercicio de sus funciones y bajo la coordinación de un miembro de la Comisión.

Los grupos de trabajo se reunirán con la periodicidad que determine su coordinador.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 18-04-2015 en vigor desde 19-04-2015