Articulo 62 Medidas urgentes de empleo

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Artículo 62. Personas beneficiarias y requisitos.

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1. Podrán ser beneficiarias de las ayudas reguladas en esta línea, las personas o entidades que cumplan los siguientes requisitos:

a) Para las personas trabajadoras autónomas, que se encuentren de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos a la fecha en que se inicie el plazo de presentación de solicitudes de la correspondiente convocatoria, y que tengan domicilio fiscal en Andalucía.

b) Para las entidades de economía social, que las sociedades cooperativas estén legalmente constituidas, activas e inscritas en el Registro de Sociedades Cooperativas Andaluzas, y no estén incursas en situación administrativa de cierre registral, a la fecha en que se inicie el plazo de presentación de solicitudes de la correspondiente convocatoria.

c) Que en el desarrollo de su actividad económica se realice una actuación que contribuya a la consecución de una economía verde o de una economía digital. Para ello, deberá disponerse de una memoria descriptiva de la contribución de la actuación a la economía verde o a la economía digital, según el modelo incluido en el formulario de solicitud.

d) Quedan expresamente excluidas de la presente línea de subvención las personas trabajadoras autónomas que desempeñan servicios en entidades con estructuras societarias, en cualquiera de sus formas, a excepción de las comunidades de bienes o sociedades civiles irregulares.

2. No podrá obtenerse la condición de persona o entidad beneficiaria cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, o se tengan deudas en periodo ejecutivo de cualquier otro ingreso de derecho público de la Administración de la Junta de Andalucía, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 116.2 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía.

La justificación por parte de las personas o entidades solicitantes de no estar incursas en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiarias, se realizará mediante declaración responsable.

3. Cada persona o entidad solicitante podrá resultar beneficiaria de una única subvención de la presente línea.