Articulo 62 Medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera, y de organ...15 de la Generalitat
Articulo 62 Medidas fisca...eneralitat

Articulo 62 Medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera, y de organización 2015 de la Generalitat

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 62

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Se modifica el apartado 2 del artículo 52 de la ley 14/2003, de 10 de abril, de Patrimonio de la Generalitat Valenciana, que queda redactado como sigue.

2. En las sociedades mercantiles públicas en que la Administración de la comunidad autónoma sea titular directamente del cien por cien del capital social, las competencias de la junta general que de acuerdo con la legislación societaria corresponden al socio único, las ejerce el Consell.

Cuando la participación directa no sea del cien por cien del capital social, el ejercicio de los derechos de la Generalitat como socio o partícipe en empresas mercantiles corresponde al titular de la conselleria competente en materia de patrimonio, que podrá delegar su representación en la Junta General con carácter especial para cada junta, de conformidad con la legislación mercantil.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-12-2015 en vigor desde 01-01-2016