Articulo 62 Comercio de La Mancha
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»Artículo 62. Infracciones y sanciones en materia de consumo y defensa de la competencia.
Vigente
1. Las infracciones y sanciones tipificadas en la presente Ley son independientes de las que puedan recaer en materia de consumo, a las que se aplicará el régimen previsto para esta materia, y particularmente, el de la Ley 11/2005, de 15 de diciembre, del Estatuto del Consumidor de Castilla-La Mancha.
2. En relación con las conductas que puedan ser constitutivas de prácticas desleales o contrarias a la competencia, se estará a lo establecido en la normativa sobre defensa de la competencia.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 21-05-2010 en vigor desde 22-05-2010