Articulo 62 Comercio Inte...e Asturias

Articulo 62 Comercio Interior de Asturias

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Artículo 62. Infracciones administrativas.

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Se consideran infracciones administrativas en materia de comercio las acciones u omisiones tipificadas en la presente ley y se clasifican en leves, graves y muy graves.

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  • Texto Original. Publicado el 24-12-2010 en vigor desde 25-12-2010