Articulo 61 TR Ley del Suelo

Articulo 61 TR. Ley del Suelo

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 61.- Clases de suelo.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


1. El Plan General Municipal de Ordenación clasificará el territorio municipal en suelo urbano, no urbanizable y urbanizable.

2. Los terrenos destinados a sistemas generales, podrán o no ser objeto de clasificación, sin perjuicio de que se adscriban a las diferentes clases de suelo a efectos de su valoración y obtención.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 09-12-2005 en vigor desde 09-01-2006