Articulo 61 TR -Derogado- de las disposiciones legales de Extremadura en materia...edidos por el Estado
Articulo 61 TR. -Derogado- de las disposiciones legales de Extremadura en materia de Tributos Cedidos por el Estado
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»Artículo 61. Tipo de devolución del gasóleo de uso profesional del Impuesto sobre Hidro carburos.
Vigente
El tipo autonómico de devolución del gasóleo de uso profesional del Impuesto sobre Hidro car buros, al que se refiere el apartado 6 del artículo 52 bis de la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales, será de 38,4 euros por 1.000 litros.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 25-06-2013 en vigor desde 26-06-2013