Articulo 61 Sistema de Protección Civil y Gestión de Emergencias de Cantabria
Artículo 61. Sanciones.
1. Las infracciones en materia de protección civil y emergencias previstas en esta norma serán sancionadas de acuerdo con la siguiente graduación:
a) Infracciones leves: Multa de 100 a 3.000 euros.
b) Infracciones graves: Multa de 3.001 a 100.000 euros.
c) Infracciones muy graves: Multa de 100.001 a 600.000 euros.
2. Con carácter excepcional, en los casos de infracciones muy graves podrá imponerse la sanción de cierre total o parcial del establecimiento, instalación o local o la de suspensión del servicio o de la actividad en la que se cometiera la infracción, por un plazo no superior a 5 años.
3. Las infracciones graves y muy graves cometidas por miembros de las organizaciones de voluntariado de protección civil conllevarán la baja forzosa en la respectiva organización y la inhabilitación para formar parte de otra durante un plazo no superior a 5 años.