Articulo 61 Reglamento de...de la CNMV

Articulo 61 Reglamento de Régimen Interior de la CNMV

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Artículo 61. Patrimonio y recursos económicos.

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1. La CNMV tendrá patrimonio propio, independiente del patrimonio del Estado.

2. Los recursos de la CNMV están integrados por los siguientes bienes, valores e ingresos:

a) Los bienes y valores que constituyan su patrimonio y los productos y rentas de los mismos.

b) Las tasas que perciba por la realización de sus actividades o la prestación de sus servicios.

c) Las transferencias que, con cargo a los Presupuestos Generales del Estado, efectúe el Ministerio de Economía y Empresa.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 28-12-2019 en vigor desde 29-12-2019