Articulo 61 Reglamento de...al General

Articulo 61 Reglamento de Procedimiento del Tribunal General

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Artículo 61. Fijación y prórroga de los plazos

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1. Los plazos fijados en virtud del presente Reglamento podrán ser prorrogados por la autoridad que los haya establecido.

2. El Presidente podrá delegar su firma en el Secretario para fijar determinados plazos que le corresponda establecer con arreglo al presente Reglamento o para conceder su prórroga.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 23-04-2015 en vigor desde 01-07-2015