Articulo 61 Régimen específico de tasas
Artículo 61. Cuantía.
1. La tasa por la inscripción a las pruebas selectivas del personal al servicio de la Administración de la comunidad autónoma de las Illes Balears, del personal funcionario con habilitación de carácter estatal del ámbito territorial de las Illes Balears y en las pruebas selectivas de personal de los cuerpos de la policía local del ámbito territorial de las Illes Balears que corresponda tramitar a la Consejería de Administraciones Públicas se exigirá según la siguiente tarifa:
a) En convocatorias de acceso a plazas o puestos de trabajo para los cuales se exija el título universitario de grado: 26,79 euros.
b) En convocatorias de acceso a plazas o puestos de trabajo para los cuales se exijan otras titulaciones de nivel inferior al título universitario de grado: 13,38 euros.
2. Las cuantías exigibles como tasa han de consignarse expresamente en las resoluciones que convoquen las correspondientes pruebas selectivas.
- Modificación realizada (61) por Ley 15/2012, de 27 de diciembre, de presupuestos generales de la comunidad autónoma de las Illes Balears para el año 2013
(BOIB de 29-12-2012) en vigor desde 01-01-2013 - Modificación realizada (61) por Ley 9/2008, de 19 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autonoma de las Illes Balears para el año 2009
(BOIB de 27-12-2008) en vigor desde 01-01-2009 - Artículo modificado por LEY 12/1999, de 23 de diciembre, de medidas tributarias, administrativas y de funcion publica y economicas.
(BOE de 18-01-2000) en vigor desde 01-01-2000