Articulo 61 Presupuestos 2021 Canarias

Articulo 61 Presupuestos 2021 Canarias

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 61.- Operaciones de endeudamiento de los restantes entes.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Las entidades públicas empresariales, sociedades mercantiles, fundaciones públicas y aquellas otras entidades, no incluidas en el artículo 1 de esta ley, que deban ser consideradas como Administración pública de acuerdo con la definición y delimitación del sistema europeo de cuentas nacionales y regionales, no podrán concertar operaciones de endeudamiento durante el ejercicio 2021.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-12-2020 en vigor desde 01-01-2021