Articulo 61 Plan de Ordenación del Litoral
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Artículo 61. Normas generales para el desarrollo de los suelos.

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Las siguientes normas generales deberán ser interpretadas en el marco de cada una de las determinaciones específicas para cada elemento del modelo territorial de este plan.

1. Contención de la ocupación del suelo.

  1. Priorizando el espacio público sobre el espacio privado.

  2. Estableciendo densidades y tipologías que optimicen el consumo de suelo y garanticen espacios libres de calidad.

  3. Propiciando la integración paisajística de la urbanización.

2. Adaptación al relieve (adecuar lo construido a lo natural).

  1. Evitando la edificación en posiciones dominantes sobre la costa.

  2. Minimizando los movimientos de tierras, alteraciones de los cauces y talas de arbolado de interés.

  3. Evitando las pendientes con fuerte impacto visual, ecológico o funcional.

3. Naturalización del tratamiento de los espacios destinados a la urbanización.

  1. Salvaguardando las características naturales de los suelos.

    1. Composición.

    2. Permeabilidad.

    3. Sustrato.

    4. Vegetación.

  2. Evitando la contaminación ambiental.

    1. Atmosférica.

    2. Lumínica.

    3. Acústica.

4. Fomento de la conectividad y permeabilidad.

  1. Ecológica.

  2. Funcional.

    1. Transporte público frente al privado.

    2. Movilidad alternativa (peatonal, bicicleta...).

  3. Visual.

    1. Hacia el mar.

    2. Hacia los fondos escénicos.

5. Adecuación de los espacios libres.

  1. A las áreas de protección ambiental.

  2. A los espacios y elementos de interés como ámbitos de relación y conectividad.

  3. Potenciando los corredores y su conexión con otros espacios libres o de interés.

6. Adecuación morfotipológica.

  1. Estructurando y rematando las tramas existentes.

  2. Procurando la compacidad e integración.

  3. Evitando la formación de barreras.

    1. Visuales.

    2. Funcionales.

7. Protección del carácter de los núcleos de identidad litoral.

  1. Su naturaleza y estructura.

  2. Su escala.

  3. Su relación con el entorno.

    1. Natural.

    2. Construido.

8. Consecución de nodos urbanos.

  1. Valorizando las cualidades identitarias del lugar.

  2. Recuperando elementos patrimoniales existentes.

    1. Naturales.

    2. Construidos.

  3. Generando espacios que propicien la cohesión social.

  4. Promoviendo la complejidad funcional.

    1. Nuevos usos.

    2. Equipamientos y dotaciones públicas.

    3. Cohesión social.

9. Tratamiento de la fachada marítima.

Se entiende por fachada marítima el conjunto de elementos naturales o construidos que expuestos al mar, a las marismas y lagunas interiores, configuran una imagen identitaria en el paisaje.

  1. Evitando las transformaciones bruscas de su naturaleza.

  2. Dirigiendo hacia la costa los espacios libres para procurar un uso y disfrute del borde litoral que garantice sus valores naturales y paisajísticos.

  3. Atendiendo a las relaciones de escala y acabado.

  4. Priorizando la permeabilidad visual y funcional.

  5. Posibilitando un uso y disfrute del borde litoral que garantice sus valores naturales y paisajísticos.

10. Valorización de los fondos escénicos y elementos de interés.

  1. Atendiendo a los ámbitos de interés natural próximos como elementos de referencia.

  2. Procurando la vertebración apoyándose en los corredores y elementos para la valoración.

  3. Teniendo en cuenta las relaciones entre el fondo natural y la figura construida.