Articulo 61 Medidas frente al cambio climático y para la transición hacia un nuevo modelo energético
Articulo 61 Medidas frente al cambio climático y para la transición hacia un nuevo modelo energético
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»Artículo 61. Prescripción.
Vigente
1. Las infracciones muy graves y graves previstas en este capítulo prescribirán a los cuatro años de su comisión, y a los dos años las leves.
Los plazos de prescripción de las infracciones se computarán según lo establecido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
2. Las sanciones impuestas por infracciones muy graves y graves prescribirán a los cuatro años, y las impuestas por infracciones leves, a los dos años.
Para el cómputo del plazo de prescripción de las sanciones se estará a lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 15-10-2018 en vigor desde 15-01-2019