Articulo 60 TR del Estatu...s Públicas

Articulo 60 TR. del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas

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Artículo 60.

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Los funcionarios sólo serán sancionados por el incumplimiento de sus deberes, cuando dicho incumplimiento sea constitutivo de falta disciplinaria.

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  • Texto Original. Publicado el 01-09-1993 en vigor desde 01-09-1993