Articulo 60 Protección am... integrada

Articulo 60 Protección ambiental integrada

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 60. Normativa aplicable.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


La licencia y la declaración responsable de actividad se regirán por la presente ley y las disposiciones que le resulten de aplicación contenidas en la legislación de régimen local y en la legislación urbanística. Los ayuntamientos podrán desarrollar este régimen normativo mediante las correspondientes ordenanzas municipales.